Se trata de una medida provisional dentro de una acción de tutela presentada por Carolina Corcho y Gustavo Bolívar en contra del Consejo Nacional Electoral (CNE).

Se trata de una medida provisional dentro de una acción de tutela presentada por Carolina Corcho y Gustavo Bolívar en contra del Consejo Nacional Electoral (CNE).

El Tribunal Superior de Bogotá ordenó a la Registraduría Nacional habilitar, de inmediato, la inscripción de las precandidaturas del Pacto Histórico para su consulta popular, programada para el próximo 26 de octubre.

La medida suspende parcialmente los efectos de la Resolución 09673 de 2025 emitida por el CNE. Dicha resolución condicionaba el reconocimiento de las candidaturas a que finalizaran primero las investigaciones administrativas sobre la personería jurídica de los partidos que componen la coalición. El tribunal consideró que esta condición podría generar un perjuicio irremediable al restringir la participación política en igualdad de condiciones para los precandidatos.

La magistrada ponente, Karen Lucía Castro Ortega, suscribió el auto que argumenta la necesidad de proteger derechos fundamentales como la participación política, la igualdad y el debido proceso. Esto es especialmente relevante en el contexto actual, donde los partidos del Pacto Histórico aún están a la espera de una definición completa sobre su personería jurídica

El despacho judicial enfatizó que la cercanía de los plazos electorales hacía urgente tomar esta decisión para garantizar la inscripción. De no hacerlo, se corría el riesgo de que un fallo de fondo posterior sobre la tutela resultara inefectivo. Por esta razón, se instruyó tanto al CNE como a la Registraduría abstenerse de realizar cualquier acto que impida o retrase la inscripción autorizada de las precandidaturas.

Con esta providencia, el tribunal busca asegurar que los diferentes sectores que integran el Pacto Histórico puedan participar en su contienda interna del 26 de octubre en condiciones de equidad, preservando así el principio democrático y evitando la exclusión de candidaturas.

Adicionalmente, la decisión reitera el deber de las colectividades políticas vinculadas —Colombia Humana, Unión Patriótica, Polo Democrático Alternativo, Partido Comunista, Progresistas y la Minga Indígena Política y Social— de informar a su militancia sobre la existencia de esta acción de tutela. El tribunal advirtió que, en caso de incumplimiento, se darán por ciertos los hechos presentados por los accionantes.

Es importante señalar que esta es una medida cautelar y se adopta sin prejuzgar sobre el fondo de la tutela, cuyo estudio continuará en los próximos días.

Bogotá, D. C, 25 de septiembre 2025

Fuente: Noticias Nacionales

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