Estatuto de la Oposición, hito democrático

El Presidente Juan Manuel Santos sancionó, con la asistencia de los presidentes de las altas cortes y líderes de diversas fuerzas políticas y sociales, la ley que crea el Estatuto de la Oposición en Colombia, luego de que la iniciativa fuera aprobada en el Congreso de la República por la vía del ‘fast track’.

Con la sanción Presidencial el nuevo Estatuto de la Oposición finalmente nació a la vida jurídica, luego de 25 años de haber quedado como mandato en la Constitución de 1991. A pesar de que fue un mandato constitucional, solo hasta el 25 de abril del 2017 el Congreso lo aprobó.

El Jefe de Estado Colombiano lo estima como “un hito para la apertura democrática del país y define a ​El Estatuto como “una serie de garantías mínimas para que todos los partidos en antagonismo político e ideológico con el gobierno de turno –y los gobiernos locales– ejerzan con total libertad –y en igualdad de condiciones– sus derechos democráticos.

Santos fue contundente al afirmar que a la oposición hay que aceptarla y darle todas las garantías, como en estos ocho años, a pesar de que la que enfrentó fue despiadada.

Asimismo, el primer mandatario manifestó que construir paz es un proceso largo, que toma tiempo, pero “los beneficios ya comienzan a verse. 3 mil vidas salvadas, la tasa de homicidios más baja de los últimos 42 años y una importante reducción en los índices de reclutamiento de menores, secuestro y desplazamiento forzado, para mencionar algunos”, dijo.

En este sentido, anotó que “la paz es mucho más que el silencio de los fusiles. La paz es progreso, desarrollo, oportunidades. Y es también convivencia y tolerancia”.

El gobernante colombiano explicó que con se propósito, desde el inicio, el gobierno se propuso sacar adelante el Estatuto de la Oposición, consagrado en la Constitución del 91.

Precisó que el Estatuto le reconoce a la oposición la financiación y el acceso a medios del Estado, así como seguridad política, jurídica y personal, y participación en mesas directivas de corporaciones públicas y en la Comisión Asesora de Relaciones Exteriores e indicó que en el compendio de normas “se desarrolla la disposición constitucional que les da curul en el Congreso de la República a los candidatos a la Presidencia y Vicepresidencia que obtengan la segunda votación más alta”.

“Y algo muy importante: incluye a fuerzas independientes, que ni son gobierno ni son oposición”, advirtió el Presidente y añadió que el Estatuto de la Oposición, si bien es parte de los compromisos que se incluyeron en el Acuerdo de Paz, aplica para todos los partidos.

Bogotá, D.C. 10 de julio de 2018.-

Por Luis Fernando García Forero.

 

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