Redacción Ecos.-El Congreso de Colombia le dio aprobación en primer debate a uno de los proyectos más importantes que apunta al desarrollo del posconflicto: la Jurisdicción Especial para la Paz, que permitirá investigar el caso de cada uno de los guerrilleros de las Farc, militares y cíviles, que tienen responsabilidades en el conflicto armado.
La iniciativa fue aprobada este miércoles con la aplicación del Fast Track por parte de la Comisión Primera de la Cámara de Representantes y que crea ocho órganos que serán los encargados de alcanzar desde el punto de vista constitucional y legal la efectividad de la verdad, la justicia, reparación y la no repetición de la barbarie que llevó a Colombia a ser escenario de más de 50 años de violencia armada y social.
Se crea la Comisión para el Esclarecimiento de la Verdad, la Convivencia y la No Repetición, cuya función especial determina, caso por caso, lo ocurrido en el conflicto armado y contribuye a darle claridad a las violaciones e infracciones cometidas en todos esos hechos violentos. El proyecto establece que la información y las pruebas que se obtengan no pasarán a procesos penales. Incluye la Unidad de Búsqueda de Personas desaparecidas, o de sus restos, para lograr su localización.
El Tribunal Especial para la Paz estaría conformado por 20 magistrados que se distribuyen en dos secciones de primera instancia: una sección de Revisión de Sentencias, otra de Apelación y la Sección de Estabilidad y Eficacia. También se contemplan 13 magistrados adicionales suplentes y cuatro juristas expertos extranjeros para intervenir como suplentes.
Incluye la sala de reconocimiento de verdad, responsabilidad y de determinación de los hechos y conductas. Tiene la misión de recibir informes de la Fiscalía, la justicia penal militar, la Comisión de Acusaciones, Procuraduría, Contraloría, cualquier jurisdicción y organizaciones de víctimas. Así mismo, pone en conocimiento los involucrados en las conductas durante el conflicto y remite el listado de las personas beneficiadas, a la Sala de Amnistía e Indulto. Respecto al caso de la Unidad de Investigación y Acusación, si la persona la responsabilizan pero no está de acuerdo, tendrá la oportunidad de recurrir a Concusiones Finales al Tribunal Especial para la Paz. Quedaría conformada la Sala de Definición de las Situaciones Jurídicas
De otra parte la Sala de Amnistía e indulto tiene el objeto de aplicar las medidas por los delitos amnistiables o indultables, teniendo a la vista las recomendaciones de la Sala de Reconocimiento de Verdad, Responsabilidad y Determinación de los Hechos.
La Unidad de Investigación y Acusación es otra de las dependencias. Se convierte en una especie de Fiscalía para investigar y ejercerá la acción penal ante el Tribunal para la Paz.
El proyecto en curso en el Congreso, establece así mismo un organismo que se encargará de la administración, la gestión y la ejecución de los recursos de la Jurisdicción Especial para la Paz.
La tutela otra instancia
Se podrá presentar acción de tutela contra las decisiones de la Jurisdicción Especial para la Paz pero sólo podrán ser conocidas por el Tribunal en mención. Incluye que la Corte Constitucional podría seleccionar dichas tutelas, pero sólo con la aprobación unánime de dos magistrados de ese alto tribunal y dos del Tribunal para la Paz. Sin embargo, en caso de ser seleccionada, no se podrá anular la decisión sino que se remitirá el proceso a la JEP para que se ampare el derecho.
En la iniciativa que pasará a la Plenaria de la Cámara, los magistrados de la JEP serán seleccionados por un Comité de Escogencia conformado por reglamento expedido por el gobierno nacional. Deberán cumplir los mismos requisitos para ser magistrado de la Corte Suprema de Justicia, pero no se les aplicará la edad de retiro forzoso. Así mismo, estarán facultados para elaborar las normas procesales de la jurisdicción.
Es importante anotar que La Jurisdicción Especial para la Paz funcionará por 15 años y se puede prorrogar su función. Tiene un plazo para la conclusión de las funciones de 10 años contados a partir de la entrada efectiva en funcionamiento de la totalidad de salas y secciones de la JEP, y un plazo posterior de cinco años más para concluir su actividad jurisdiccional, plazo que de ser necesario podrá ser prorrogado mediante ley.
El tema de la extradición es claro en la propuesta: no puede haber extradición ni tomar medidas de aseguramiento con esos fines respecto de hechos o conductas objeto de este sistema y en particular de la JEP.
Participar en política
Los guerrilleros desmovilizados podrán participar en política. Quedarán en efecto suspensivo las condenas derivadas de delitos competencia del Tribunal para la Paz impuestas por la justicia ordinaria o disciplinaria, hasta que estas condenas hayan sido tratadas por la JEP para lo de su competencia.La imposición de cualquier sanción en la JEP no inhabilitará para la participación política ni limitará el ejercicio de ningún derecho, activo o pasivo, de participación política.
Es importante destacar que los beneficios de la Jurisdicción especial para la paz son aplicables a los miembros de las Fuerzas Armadas respecto de conductas punibles cometidas por causa, con ocasión o en relación directa o indirecta con el conflicto armado. Además se excluye la posibilidad de que cuando se condena al Estado se dirija la condena también contra ellos.
Se incluye que los miembros desmovilizados de la guerrilla podrán ser funcionarios y contratar con el Estado, no estarán inhabilitados para ser designados empleados públicos y para celebrar contratos con el Estado.
La responsabilidad no se podrá fundar sólo en la jerarquía del imputado. Por ello la determinación de la responsabilidad del mando no se podrá fundar exclusivamente en el rango, la jerarquía o el ámbito de jurisdicción, sino en el control efectivo de la respectiva conducta y en el conocimiento basado en la información a su disposición.
Por ello se establece un listado de las sanciones aplicables que estaban incluidas en el Acuerdo Final: A quienes reconozcan verdad se aplicarán restricciones a la libertad de residencia y movimiento junto con sanciones alternativas de cinco a ocho años. Quienes no reconozcan la verdad se les aplicará la privación efectiva de libertad entre 15 años y 20 años en caso de graves infracciones o violaciones.
El proyecto sigue su tránsito en el Congreso en medio de las sesiones extras de Cámara y Senado y de la aplicación del Fast Track para agilizar los proyectos que le darán piso jurídico a lo acordado entre el Gobierno y las Farc.