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Redacción y Foto Ecos.- "Colombia con la aprobación, en último debate, de la ley que regula el cannabis con fines medicinales, marca un hito en el establecimiento de una  política de salud pública y afianza el camino para iniciar un cambio en la política prohibicionista" aseguró el Senador Juan Manuel Galán, proponente de la iniciativa legislativa.

Con  84 votos a favor y con el respaldo de los distintos partidos políticos, la Plenaria de la Cámara de Representantes aprobó la nueva norma, que pasa a conciliación con el Senado y luego a sanción presidencial.

"Hoy es un día histórico para el país ya que el Congreso de la República  de manera soberana ha tomado una decisión para aliviar el dolor y mejorar la calidad  de vida de millones de pacientes colombianos" afirmó el senador liberal y recordó que, en  EEUU, ya 24 estados legalizaron la marihuana para uso medicinal.

Galán destacó la importancia de la ley,  que permitirá a miles de pacientes que sufren de enfermedades  como epilepsia refractaria, esclerosis múltiple, artritis reumatoide, cáncer, VIH sida, diabetes, migraña, entre otras, acceder a un medicamento seguro, de calidad y a un precio justo, regulado por el Estado y no por los criminales.

Ante la disyuntiva que genera la expedición del Decreto del Gobierno, Galán mencionó los aspectos que el mismo deja por fuera y que la ley si contempla como  el cobro de licencias cuyos recursos estarán dirigidos a programas de prevención escolar;  sanciones a quienes violen el régimen de licencias; vigilancia a las licencias utilizadas exclusivamente  a fines medicinales y terapéuticos y establece que menores de edad sólo podrán usarla bajo el consentimiento de sus padres, entre otros.

Asimismo el legislador destacó que con la norma se garantiza y se blinda el proceso de regulación, cerrando la posibilidad que el gobierno de turno, derogue el decreto.

El Gobierno Nacional a través del Departamento Administrativo de Ciencia, Tecnología e Innovación (Colciencias) promoverá la transferencia tecnológica necesaria para la producción nacional de Cannabis y sus derivados con fines médicos y científicos, en el marco del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación y se promoverá la contratación de mano de obra local. El Estado protegerá a los pequeños y medianos cultivadores y productores.

ABC de la Ley que regula el uso de Cannabis Medicinal

Los beneficiarios de la ley serán los pacientes con enfermedades crónicas y/o terminales, que quieran acceder a los medicamentos extraídos del cannabis, en condiciones de igualdad, calidad   y seguridad. Los pacientes van a acceder a un medicamento desarrollado científicamente, avalado por especialistas de la salud, rompiendo así el lazo con la ilegalidad.

Las instituciones del Estado que harán parte del proceso de regulación son: Ministerio de Justicia  y del Derecho, Ministerio de Salud y Protección Social y Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural. Los medicamentos extraídos del cannabis no generarán ningún impuesto a los ciudadanos.

En coordinación con el Ministerio de Educación se desarrollará  un programa nacional de prevención del consumo de sustancias psicoactivas en la comunidad educativa.

Se reglamenta el acceso del medicamento para menores de edad siempre que haya consentimiento de los padres de familia.

Se promoverá una política de sustitución de cultivos ilícitos por cannabis medicinal como una opción  para el campo colombiano.

Las paradojas de una reglamentación con fines médicos

Ciertamente las enfermedades crónicas y terminales son todo un reto para los administradores de salud, médicos y familiares y el uso medicinal del cannabis sativa, desde los años 80, ha permitido complementar los tratamientos terapéuticos y la calidad de vida de estos pacientes.

El dilema ahora radica en la articulación de esta reglamentación con los contextos asociados al uso. Por un lado, la definición del cupo definitivo para el cultivo de marihuana con fines medicinales con el Junta Internacional de Estupefacientes (JIFE) de las Naciones Unidas, para establecer las condiciones de cultivo, resguardo y protección del producto, en función a la población usuaria en Colombia.

Por otro, evitar la desviación de los canales lícitos, sobre todo para el uso recreativo o de tenedores personales.  Lo que representa también un proceso de creación de una posible marca, ya que ella supondría poseer una licencia que soportaría su comercialización, luego de su producción y manejo, ya que el monopolio de su regulación estará por parte del estado colombiano.

Uno de los aspectos más criticables del proyecto, desde el punto de vista del control y supervisión de la sustancias, es el manejo por medio de dispensarios, ya que sería más seguro y rentable desde el punto de vista médico- sanitario, que existiese una organización con fines científicos, que no sólo haga esta función, sino evalué, supervise y regule la actividad referencial, ya que, aun cuando es un uso medicinal, es un consumo de una sustancia estupefaciente y de acción psicoactiva, de riesgo médico.

Una experiencia legislativa de vanguardia

Con la decisión del Congreso, Colombia se convierte en el cuarto país de América Latina en tener legislación sobre el uso de la marihuana con fines terapéuticos y paliativos. Hasta ahora, sólo tres países, Chile, Puerto Rico y Uruguay han dado este paso.

Sólo Uruguay dio rienda suerte al uso recreativo en su legislación, aún muy criticado, como muchos estados de la Unión Americana.

Aun cuando es un paso significativo, queda pendiente el tratamiento, rehabilitación e reincorporación social de los dependientes del país, que no tiene un real paradigma de intervención y de inclusión social.