Cristina Plazas Michelsen

Por Cristina Plazas*.-Desde hace varios meses hemos escuchado los requerimientos de la federación en contra de los niños Fecode, para el regreso a clase de manera presencial. Su principal exigencia ha sido que los maestros sean vacunados; incluso exhortaron a que los niños mayores de 10 años también lo fueran, siendo este un imposible puesto que la vacuna no está autorizada para este rango de edad.

Pues bien, esta semana, luego del anuncio del gobierno que a mediados de este mes todos los maestros estarán vacunados, el señor Nelson Alarcón, presidente de Fecode, salió a decir que esto ya no era suficiente, demostrando una vez más que no tienen disposición alguna de cumplir con la Constitución que establece la prevalencia de los derechos de los niños y de su educación.

Qué tal el descaro y el cinismo de esta gente; amenazan al país con el no retorno a clases por el riesgo de adquirir el virus, pero son los primeros en la fila de las manifestaciones y conciertos donde los hemos visto uno encima del otro. Esto, por supuesto ha generado el rechazo de miles de colombianos que ya entendieron las verdaderas motivaciones de esta federación, que no es otra que beneficiar sus intereses personales.

La Corte Constitucional en sentencia T-423/1996 señaló que:

“Es dable entender que dentro de los objetivos fundamentales de la actividad del Estado y las finalidades sociales inherentes a éste, encaminadas al bienestar general y al mejoramiento de la calidad de vida de la población, la salud, la educación, el saneamiento ambiental y el agua potable, constituyen servicios públicos esenciales de regulación constitucional... enfrentados el derecho de reunión y asociación con el de educación, resulta palmar decir que el de la educación tiene prevalencia, y es ese el punto por el cual procederá la confirmación de la sentencia, pues resulta indudable que el hecho de la suspensión de labores de los educadores atenta contra el derecho a la educación, pasando por alto el artículo 67 superior y dándole alcance a una actividad que tiene reglamento, como es el derecho de reunión para vulnerar los derechos de otros”.

Si esto es tan claro, ¿dónde están los organismos de control? ¿Por qué la Procuraduría no ha sancionado a los maestros que no han dictado clase, ni siquiera de manera virtual?

¿Por qué los jueces no están fallando las tutelas concernientes a este tema? Un ejemplo de esto es la tutela presentada por Red Papaz ante el Tribunal Superior de Bogotá que a la fecha no ha sido resuelta, cuyos términos se vencieron el 7 de mayo. ¿Será que para ellos este tema no es prioritario? ¿Se les olvidaría el art. 44 de la Constitución? Señores magistrados: no les den la espalda a los niños.

Llegó la hora de perderle el miedo a Fecode. Las autoridades deben actuar de inmediato. ¡Dejen de ser cómplices! No podemos permitir que estos “señores” sigan marchitando el futuro de miles de niños.

Bogotá, D. E, 9 de junio de 2021

*Abogada de la Universidad Javeriana con especialización en Derecho Administrativo de la Universidad del Rosario. Exdirectora del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar.

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