Por Diego González.- En el entorno del sistema político Colombiano ha sido frecuente advertir la hegemonía del Poder Ejecutivo sobre el Poder Legislativo como una de las causas de los límites de la democracia en nuestro país, la debilidad del Poder Legislativo Colombiano ha impedido una efectiva facultad de control del Legislativo sobre el Ejecutivo que involucre a toda la administración pública.

Controlar el proceder gubernamental es una de las funciones primordiales de cualquier Congreso en un Estado constitucional, precisamente porque este tipo de Estado no sólo encuentra uno de sus fundamentos más importantes en la división de poderes, sino también en el equilibrio entre ellos, es decir, la existencia de controles recíprocos, de pesos y contrapesos que impidan el ejercicio ilimitado e irresponsable de las actividades públicas.

En la labor del fortalecimiento del Poder Legislativo deben contribuir todos los órganos del Congreso, principalmente los instrumentos que con fundamento en nuestra Constitución han sido diseñados para ejercer un control legislativo más detallado de las actividades del Ejecutivo.

Uno de estos instrumentos es la denominada irresponsabilidad de los congresistas, es decir, que los representantes del pueblo puedan emitir de manera libre sus votos y opiniones, sin temor a que éstos puedan ocasionar persecuciones judiciales o de cualquier índole, con lo cual se garantiza la plena libertad e independencia en la formación de la voluntad colectiva del Congreso.

La doctrina constitucional y la práctica jurisprudencial coinciden en señalar que esta prerrogativa es una garantía institucional en favor del Congreso y de la democracia y no un privilegio personal para senadores o representantes, de otro lado, la inviolabilidad es perpetua, es decir, el congresista escapa a cualquier persecución judicial por sus votos y opiniones, incluso después de que ha cesado en el ejercicio de sus funciones.

Nuestra Constitución Política faculta al Congreso para enjuiciar a los altos dignatarios del Estado fundamentalmente al  Presidente de la República, porque la  remoción de su cargo es un hecho que tiene consecuencias políticas inevitables y profundas, por lo cual debe atribuírsele esa decisión a los representantes del pueblo, a fin de que puedan considerar la dimensión política que tiene todo proceso en contra de un Presidente y decidir si procede o no su enjuiciamiento por parte de la Corte Suprema de Justicia, principalmente porque sólo amparados por la inviolabilidad, pueden los senadores y representantes gozar de la suficiente independencia para ejercer esta importante labor de control, sin temor a represalias.

El control parlamentario es un control de carácter político cuyo agente es el Congreso y cuyo objeto es la acción general del gobierno y, por extensión, también la acción de toda entidad pública, por esta razón, el reto al que está llamado nuestro Congreso es el de la adaptación a las tendencias modernas democratizadoras, lo cual no será nada fácil, pero es necesario emprenderlo si queremos que éste siga siendo la llave de nuestro sistema representativo y el principal pilar de nuestro sistema democrático.

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