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Por Amylkar D. Acosta M[1].-  El pasado 4 de julio se conmemoraron en la emblemática ciudad de Rionegro (Antioquia), cuna de la Constitución de 1863 prohijada por el Radicalismo liberal, los primeros veinticinco años de la Constitución que nos rige desde 1991. Su expedición se originó en una “séptima papeleta” que nunca se escrutó, pero que la Sala Plena de la otrora Corte Suprema de Justicia validó y consintió, mediante la cual se convocó, a través del Decreto de Estado de Sitio 1826 de 1990, una Asamblea Constitucional para reformar la Constitución de 1886.

Ya reunida y a poco andar dicha Asamblea se declaró omnímoda y se trastocó en Asamblea Nacional Constituyente y en lugar de reformar la Constitución, que fue su cometido primigenio, una vez más con la anuencia de la Corte Suprema de Justicia, la cambió de cuajo, dándole al país una nueva Constitución.  A ello se llegó después de varios intentos fallidos en años anteriores de reformar la Carta y de los acuerdos que hicieron posible la desmovilización y reincorporación a la sociedad civil de varios grupos insurgentes, encabezados por el M- 19, el Quintín Lame, el EPL y el PRT.

Es de anotar que con esta nueva Constitución se completaron 9 en el decurso de nuestra era republicana, de las cuales sólo tres, la de 1863, la de 1886 y la de 1991 perduraron más de 20 años de vigencia. Las demás sólo fueron flor de un día. Se volvió un lugar común decir que la partera de todas las constituciones que nos han regido fueron las constantes guerras civiles que en número de nueve a escala nacional padeció nuestro país en el siglo XIX. Sin embargo, según el autorizado concepto del historiador Eduardo Posada Carbó, sólo las de 1863 y 1863 tuvieron ese origen, “hubo otras fruto de acuerdos, como las de 1853, las reformas sustanciales de 1910 y, claro, la de 1991”.

Y el anunciado “revolcón” institucional anunciado por el Presidente Cesar Gaviria al instalar las sesiones de la Asamblea se hizo realidad. La nueva Carta de navegación que esta Constituyente le dio al país resultó ser de carácter garantista, amparando los derechos fundamentales de todos los ciudadanos, que ahora son iguales ante la Ley y significó el paso de la democracia representativa de enantes a otra de participación. Fueron varios los mecanismos de participación que se crearon, tales como la Consulta popular, el Referendo, el Plebiscito, ahora tan en boga, Cabildos abiertos y hasta iniciativa popular legislativa.

Del Estado confesional entronizado por Rafael Núñez, al alimón con Miguel Antonio Caro, en la Constitución de 1886 se pasó, sin vísperas, a un Estado social y de derecho, pluralista, que reconoce a las minorías nacionales, que salvaguarda sus derechos. Además, se les dotó de unos valiosos instrumentos para hacerlos valer, tales como la Acción de Tutela, la Acción Popular y de Grupo, la Acción de Cumplimiento, así como la posibilidad de la revocatoria del mandato a los mandatarios seccionales que son elegidos popularmente. Los alcaldes y los gobernadores, estos últimos también elegidos a partir de la entrada en vigencia de esta Constitución, son depositarios del voto programático y su incumplimiento les puede acarrear su revocatoria.

La Constitución de 1991 ya ha tenido 41 reformas, que han modificado 127 artículos. Y ahora se espera que para poner a tono la Constitución con los acuerdos de La Habana se prevé por parte de los expertos que puede conllevar unas 35 reformas más.

El fetichismo normativo alienta esta fiebre reformista, al creer que todos los problemas se resuelven expidiendo una nueva Ley o reformando la Constitución. Ello pone de manifiesto la gran inestabilidad jurídica de nuestro ordenamiento constitucional, a lo cual vienen a sumarse los recurrentes cambios de jurisprudencia de parte de la Corte Constitucional, creada para servir de guardiana de la Constitución. Los temores del inmolado magistrado de la Corte Suprema de Justicia Manuel Gaona cruz de que la Constitución Política de Colombia devendría en una Carta a la Carta no eran infundados.

Tegucigalpa, julio 12 de 2016

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 [1] Director ejecutivo de la Federación Nacional de Departamentos