Fallo de la Corte Constitucional le dejó facultades a la Procuraduría General de la Nación para suspender y sancionar a funcionarios, incluyendo los de elección popular, pero la condicionó a que el Consejo de Estado debe revisar cualquier proceso, antes de la decisión final.
En el fallo del alto tribunal judicial, se insta al Congreso de la República a adoptar un estatuto de servidores públicos de elección popular en el que se consagre un régimen disciplinario especial que permita su juzgamiento de manera diferenciada.
Destaca la Corte Constitucional que el objetivo es que se “materialicen los más altos estándares nacionales e internacionales en materia de protección y garantía de los derechos políticos y electorales”.
La votación quedó 5-4 bajo ponencia del magistrado Juan Carlos Cortés y José Fernando Reyes. En medio del debate, la Sala Plena decidió que fue un error darle funciones jurisdiccionales a los procuradores y se tumbó el artículo que ya había sido demandado por la Comisión Colombiana de Juristas y el Colectivo de Abogados José Alvear Restrepo.
Bogotá, D. C, 17 de febrero de 2023
Redacción Ecos Noticia