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La Corte Constitucional declaró inconstitucional el decreto 568 del 2020 que gravó a funcionarios y contratistas con sueldo superior a los 10 millones de pesos y que pretendía atender la emergecis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
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La Corte Constitucional declaró inconstitucional el decreto 568 del 2020 que gravó a funcionarios y contratistas con sueldo superior a los 10 millones de pesos y que pretendía atender la emergecis sanitaria ocasionada por el COVID-19.

En ese sentido, a quienes se les descontó el dinero, se abonará al pago de los impuestos de renta del año gravable del 2021dicha suma, El dinero que ya se descontó se abonará al pago de impuestos de renta del 2021.

Los magistrados encontraron que dicho decreto atentaba contra el principio de equidad y falta de  generalidad, los cuales se deben garantizar a la hora de crear impuestos. Tema motivo de debate por el hecho de que se hubiera dejado por fuera del impuesto a los empleados privados.

Sobre el anterior aspecto el Gobierno explicó que dicho decreto se expidió con un criterio de proporcionalidad, teniendo en cuenta la mayor estabilidad en el empleo público frente a los golpes de la pandemia en el privado. Pero estos argumentos no fueron suficientes.

La norma establecía que los salarios entre 10 y 12,5 millones de pesos debían pagar un impuesto solidario del 1,5 por ciento; entre 15 y 20 millones, el 16 por ciento, y superiores a 20 millones de pesos, el 17 por ciento. Así, se lograron recaudar 287.000 millones de pesos de 47.000 servidores públicos, pensionados y contratistas durante los meses de mayo, junio y julio.

Bogotá, 5 de agosto de 2020

Redacción Ecos Nacional