Los ciudadanos ya no deciden para la explotación del subsuelo de la Nación. A partir de un fallo de la Corte Constitucional, para cualquier explotación de recursos minerales, se debe llegar a un consenso.

Los ciudadanos ya no deciden para la explotación del subsuelo de la Nación. A partir de un fallo de la Corte Constitucional, para cualquier explotación de recursos minerales, se debe llegar a un consenso.

La Corte Constitucional decidió ponerle límites a los alcances de las consultas populares mineras en los municipios. A través de una sentencia sobre una tutela interpuesta por la multinacional indochina Mansarovar Energy, no se participará más en ese mecanismo de participación ciudadana para definir la explotación de minerales, en cualquier parte del territorio colombiano.

Así las cosas, el pueblo no tendrá la decisión soberana sobre la explotación de su subsuelo.

La decisión de ese alto tribunal constitucional fue de 5 votos contra 1, donde la mayoría de magistrados aceptó la tesis en el sentido de que las consultas populares no están por encima de los intereses de la Nación, porque el Estado es el dueño del subsuelo.

Las Corporaciones Autónomas Regionales se pronunciaron a través de Asocars y señalaron que esa sentencia es un retroceso en materia de participación ciudadana porque restringe las consultas mineras.

Bogotá, D. C, 12 de octubre de 2018.

Redacción Ecos Justicia 

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