La magistrada de la corte constitucional Cristina Pardo Schlesinger explicó que la norma con la que los congresistas modificaron la ley para poder votar proyectos de ley que favorecen a empresas que los han financiado, será revisada.

La magistrada de la corte constitucional Cristina Pardo Schlesinger explicó que la norma con la que los congresistas modificaron la ley para poder votar proyectos de ley que favorecen a empresas que los han financiado, será revisada.

Al mismo tiempo solicitó al Presidente de la República, al Congreso de la República y al Ministerio del Interior, para que en el término establecido en el artículo 11 del Decreto 2067 de 1991 expresen lo que estimen conveniente.

“ADMITIR la demanda de inconstitucionalidad presentada por la ciudadana Yéssika Hoyos Morales y los ciudadanos Reinaldo Villalba Vargas, Armando Novoa García y Juan David Romero Preciado, contra el literal e) del artículo 1 de la Ley 2003 de 2019, “por la cual se modifica parcialmente la Ley 5 de 1992 y se dictan otras disposiciones», por la presunta violación de los artículos 1, 2, 3, 40, 107, 109, 123 y 133 de la Constitución”, destaca el auto de la magistrada  Pardo Schlesinger.

Comments powered by CComment