Bogotá, D. C, 12 de noviembre de 2017.Redacción Ecos.- Los funcionarios públicos no podrán participar en las campañas electorales y los recursos del estado no se podrán usar con fines políticos, son los aspectos fundamentales de la ley de garantías que empezó a aplicarse en todo el territorio nacional.

Se trata de la Ley 996 de 2005 y que brinda las garantías a todos los candidatos y campañas políticas de cara a las elecciones a Congreso que se realizarán el 11 de marzo del 2018 y presidente de la República, el 27 de mayo.

La norma establece prohibiciones para garantizar el equilibrio y la transparencia en la administración nacional, regional y municipal en medio del proceso electoral con el objeto de que la nómina estatal y de contratación favorezca a los candidatos.

 La Ley establece que a partir del 27 de enero de 2018 y hasta el día de la elección del nuevo Presidente de la República, todas las entidades del Estado, de las ramas del poder público no podrán contratar directamente.

Se recuerda que estas restricciones no aplican a las entidades sanitarias y hospitalarias. Además, durante la vigencia de la ley se podrán celebrar contratos con modalidad de selección como la licitación pública, concurso de méritos y selección abreviada.

Desde el 11 de noviembre, los gobernadores, alcaldes municipales y/o distritales, secretarios, gerentes y directores de entidades descentralizadas no podrán vincular o desvincular personal o modificar la nómina estatal.

No podrán crear nuevos cargos ni proveer vacantes definitivas, salvo que se trate de renuncia, licencia, muerte o expiración del periodo fijo que se vuelvan indispensables en la administración de la función pública. 

Sobre el tema el Procurador General de la Nación Fernando Carrillo fue contundente en señalar que el incumplimiento de la ley de Garantías “constituye una acción preventiva en materia contractual y dará lugar a investigaciones disciplinarias bajo los parámetros de la Ley 734 de 2002, como consecuencia del incumplimiento de la misma y el ordenamiento jurídico vigente”.

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