-“Esta situación es de extrema gravedad para millones de usuarios y pacientes del sistema de salud”, asegura el director del Partido Liberal.-

-“Esta situación es de extrema gravedad para millones de usuarios y pacientes del sistema de salud”, asegura el director del Partido Liberal.-

El expresidente de Colombia y jefe del Partido Liberal, César Gaviria Trujillo, fue contundente en criticar al ministro de Salud Guillermo Alfonso Jaramillo por la demanda a las EPS y reprochó que “por razones ideológicas, se tomen decisiones sobre el sistema de salud que lo deterioran cada día más” y agregó que “en lugar de mejorarlo desde el ejecutivo o el legislativo, es irresponsable con la vida y dignidad de las personas”.

Destaca Gaviria que el sistema de salud “está enfrentando una crisis explícita (como lo anunció en su momento la ministra Carolina Corcho), no solo debido a la incertidumbre que la reforma a la salud está generando a lo largo de su debate en el Congreso de la República, en medio de aparentes y frecuentes vicios de trámite, sino por las acciones que el Gobierno ha venido tomando vía administrativa”.

Agregó el jefe del Partido Liberal, César Gaviria Trujillo, que es realmente descabellado y antijurídico que el Ministro de Salud entable una demanda contra las EPS cuando él, flagrantemente, incumple lo dispuesto por la Corte Constitucional en lo relacionado Estado –EPS. “Si el Estado permite la desvalorización de la UPC, en cierta forma, estaría alterando las reglas de juego iniciales porque esto incidirá en el equilibrio financiero de las EPS y del propio sistema.”

El exmandatario liberal señala en el documento público que la demanda “podría obligar a la Corte Constitucional a evaluar y pronunciarse frente a la reforma a la salud de forma anticipada lo que, de otra manera, habría sucedido ante eventuales demandas luego de que ésta hubiera superado el trámite en el Congreso y haber sido sancionada por el Presidente de la República”.

El siguiente es el texto del expresidente de Colombia César Gaviria Trujillo, sobre la demanda del ministro de salud a las EPS:

Desde el nacimiento del Sistema General de Seguridad Social en Salud (SGSSS), se estableció con claridad que las Entidades Promotoras de Salud hacen parte sustancial del mismo, pues la propia Ley 100 de 1993 establece en su artículo 177 que éstas “son las entidades responsables de la afiliación y el registro de los afiliados y del recaudo de sus cotizaciones, por delegación del Fondo de Solidaridad y Garantía. Su función básica será organizar y garantizar, directa o indirectamente, la prestación del Plan de Salud Obligatorio a los afiliados y girar, dentro de los términos previstos en la presente Ley, la diferencia entre los ingresos por cotizaciones de sus afiliados y el valor de las correspondientes Unidades de Pago por Capitación al Fondo de Solidaridad y Garantía, de qué trata el Título III de la presente Ley.” Esto está bajo el amparo completo e incontrovertible de nuestra Constitución, que en su artículo 365 establece que “los servicios públicos estarán sometidos al régimen jurídico que fije la ley, podrán ser prestados por el Estado, directa o indirectamente, por comunidades organizadas, o por particulares.”

Como lo hemos expresado en múltiples oportunidades, el sistema de salud está enfrentando una crisis explícita (como lo anunció en su momento la ministra Carolina Corcho), no solo debido a la incertidumbre que la reforma a la salud está generando a lo largo de su debate en el Congreso de la República, en medio de aparentes y frecuentes vicios de trámite, sino por las acciones que el Gobierno ha venido tomando vía administrativa. Diferentes agentes, expertos y académicos han alertado insistentemente en la necesidad de revisar la suficiencia de recursos de la Unidad de Pago por Capitación (UPC) y, el Ministerio de Salud, anunció la creación de una mesa técnica en esta materia, la cual parece haber sido solo una conversación vacía, pues su incremento este año continúa por debajo del crecimiento en la demanda de servicios de la población; para terminar de agravar el escenario fiscal del sistema de salud, reiteradamente actores del aseguramiento y la prestación han insistido en el giro oportuno, en cumplimiento de los términos que establece la Ley, de los recursos de presupuestos máximos, además de sus ajustes anuales, algo que continúa no presentándose por parte del Gobierno Nacional y que, afecta enormemente el flujo corriente de los recursos del sistema.

Al mismo tiempo, el país se pregunta por el resultado de las mesas técnicas anunciadas por la Contraloría General de la República para aclarar las cuentas del sistema de salud, cuyo insumo debe ser la entrega de la información exacta y trazable por el mismo Gobierno y los actores del sistema.

Es realmente descabellado y antijurídico que el Ministro de Salud entable una demanda contra las EPS cuando él, flagrantemente, incumple lo dispuesto por la Corte Constitucional, que en la Sentencia SU 480 de 1997 expresa:

“En la relación Estado-EPS, el co-contratante (EPS) existe una “ecuación, equivalencia o igualdad de la relación, [que] no puede ser alterada en el momento de la ejecución, y de allí nace el deber de la administración de colocar al co-contratante, concesionario, en condiciones de cumplir el servicio, obra, prestación, amenazados por hechos ajenos a la voluntad de las partes. No constituye un “seguro del co-contratante” contra déficits de la explotación, sino una razonable equivalencia entre cargas y ventajas de las partes. “Para Marienhoff, la ecuación o equilibrio financiero del contrato es el “medio por el que ante circunstancias extraordinarias anormales e imprevistas, posteriores sobrevinientes a la celebración de un contrato administrativo, pero temporarias o transitorias, alteran la ecuación económico-financiera en perjuicio del co-contratante, que determina la obligación del estado de asistirlo para que pueda así cumplir o seguir cumpliendo el contrato.”

Termina diciendo la misma Corte que “si el Estado permite la desvalorización de la UPC, “en cierta forma, estaría alterando las reglas de juego iniciales porque esto incidirá en el equilibrio financiero de las EPS y del propio sistema.” En otras palabras, debido a la insuficiencia de la UPC y el retraso sistemático en el giro de los recursos y ajustes anuales de los presupuestos máximos, el Estado está desfinanciando al sistema de salud, lo que lo desequilibra y altera por fuera del marco legal y normativo fijado hasta el momento.

Esta situación es de extrema gravedad para millones de usuarios y pacientes del sistema de salud, por lo que es preciso que la sociedad y las instituciones reaccionen ante estas acciones deliberadas que van en contra de lo que el marco legal y la jurisprudencia de la Corte Constitucional establecen con completa claridad. Es contrario a nuestra democracia y sus normas que, por razones ideológicas, se tomen decisiones sobre el sistema de salud que lo deterioran cada día más, en lugar de mejorarlo desde el ejecutivo o el legislativo, más aún, es irresponsable con la vida y dignidad de las personas. En este sentido, esta demanda podría obligar a la Corte Constitucional a evaluar y pronunciarse frente a la reforma a la salud de forma anticipada lo que, de otra manera, habría sucedido ante eventuales demandas luego de que ésta hubiera superado el trámite en el Congreso y haber sido sancionada por el Presidente de la República.

César Gaviria Trujillo

Expresidente de la República de Colombia

Director del Partido Liberal

22 de enero de 2024

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