Cartagena de Indias. 4 de enero de 2018. Por Redacción Ecos. Foto: Los Acuerdos de Paz están a partir de este jueves bajo la lupa de la Comisión de Seguimiento, Impulso, Verificación a la Implementación (CSIVI), con la participación de los Expresidentes, del Gobierno español Felipe González y de Uruguay, José Mujica; para hacer un balance de su ejecución.

Participan también en este importante encuentro el Vicepresidente de la República, General (r) Óscar Naranjo, el Ministro del Interior, Guillermo Rivera, el Alto Comisionado para la Paz, Rodrigo Rivera y el Alto Consejero para el Posconflicto, Rafael Pardo, así como los delegados de las FARC.

La CSIVI fue creada mediante el Decreto 1995 del 7 de diciembre de 2016, “como la instancia conjunta entre el Gobierno Nacional y las FARC-EP, en proceso de reincorporación a la vida legal, encargada del seguimiento, impulso y verificación conjunta de la implementación del Acuerdo final para la terminación del conflicto y la construcción de una paz estable y duradera, y de la resolución de las diferencias que puedan surgir entre las partes firmantes del mencionado Acuerdo”.

De conformidad con lo previsto en el punto 6.1. del Acuerdo final para la terminación del conflicto y la construcción de una paz estable y duradera suscrito entre el Gobierno Nacional y las FARC-EP el 22 de noviembre de 2016, la CSIVI estará integrada por tres representantes del Gobierno Nacional y tres representantes de las FARC-EP en proceso de reincorporación a la vida legal o del partido político que surja de su tránsito a la vida legal. Los representantes del Gobierno Nacional serán de alto nivel y serán designados por el Presidente de la República.

Son algunas de las funciones de la Comisión de Seguimiento, Impulso, Verificación a la Implementación (CSIVI):

-Resolver cualquier diferencia de interpretación o cualquier situación imprevista que surja entre las partes firmantes respecto del Acuerdo Final, que no puedan ser resueltas por los mecanismos acordados en el punto correspondiente, cuando existan.

-Servir de espacio para el manejo de cualquier situación o diferencia entre las partes que puedan presentarse tras la firma del Acuerdo Final, que no sean de competencia del Mecanismo de Monitoreo y Verificación de Naciones Unidas, cuando así se requiera.

-Hacer recomendaciones al listado de medidas de implementación temprana que presente el Gobierno Nacional.

-Definir la agenda y abordar los temas señalados en el numeral 6.1.11. del Acuerdo Final sobre la implementación prioritaria.

-Constatar que el contenido de todos los proyectos de decreto, ley o acto legislativo que sean necesarios para implementar el Acuerdo Final, correspondan a lo acordado, antes de que sean expedidos por el Presidente de la República o presentados ante el Congreso, según sea el caso.

-Proponer al Gobierno Nacional conforme a lo establecido en el Acuerdo Final los borradores de normas que se consideren necesarias para la implementación del Acuerdo Final.

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